REGISTRO DE VIVIENDA PRINCIPAL
El Servicio Nacional Integrado de la Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), ha publicado, en sus redes sociales en twitter e Instagram @Seniat_Oficial, los requisitos para tramitar el Registro de Vivienda Principal. En efecto, ha publicado la siguiente imagen:
Fuente: @Seniat_Oficial
De igual modo, ha informado que el Registro de Vivienda Principal, puede ser tramitado por:
- El propietario o Copropietario del Inmueble
- Persona autorizada por el propietario del inmueble presentado autorización notariada, fotocopia de las cédulas de identidad, constancia de residencia emitida por la página del CNE firmada y sellada por el Registrador Civil y firmada por el propietario.
- Apoderado legal, presentando original y fotocopia del poder, cédula de identidad y constancia de residencia emitida por la página del CNE, firmada y sellada por el Registrador Civil y así vez debe estar firmada por el propietario del propietario del inmueble.
En cuanto a los casos especiales de Registro de Vivienda Principal, los requisitos adicionales serán:
- Presentar original y fotocopia de los documentos
- En los casos de diferencia de la Dirección del Inmueble: Ficha catastral emitida por la Alcaldía.
- En los casos de Sucesiones:
- Original y copia de la declaración sucesoral y solvencia
- Declaración Jurada y Notariada por parte de los herederos que no habiten en el inmueble que será Registrado como vivienda principal.