EL SISTEMA FAOV EN LINEA, ME INDICA QUE EL RIF ESTÁ BLOQUEADO. ¿QUÉ DEBO HACER?
El Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH), ha informado a través de sus redes sociales, el proceso para el desbloqueo del Registro de Información Fiscal (RIF), el cual detallamos a continuación:
- Toda empresa que se constituya, tiene un bloqueo preventivo en su RIF, para habilitarlo debe enviar los siguientes recaudos en formato pdf o jpg:
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- Acta constitutiva
- Rif de la empresa
- Cédula de identidad del representante legal
- Comprobante de la transferencia bancaria. Solo aplica para aquellas compañías que estén realizando su inscripción de forma extemporánea, es decir, fuera del lapso de 30 días hábiles siguientes a su constitución.
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- Correos para Enviar los Recaudos.
eafiliatefaov@banavih.gob.ve / eafiliatefaov@gmail.com
- Una vez, enviados los soportes al correo electrónico establecido, debe esperar que por esa misma vía, le informen que su RIF se encuentra desbloqueado.
- Recibida la respuesta del desbloqueo, puede ingresar al portal de BANAVIH, sección FAOV EN LINEA, y realizar el proceso de registro de la entidad de trabajo, marcando la opción "USUARIO EMPLEADOR".
NOTA: NO hay tiempo de respuesta determinado, ya que TODOS los trámites son atendidos en semana de flexibilización.
- Datos de la Cuenta Bancaria para el Pago del Arancel Administrativo (Bs. 720.000,00)
Banco: Banco de Venezuela. Cuenta Nro. 0102-0275-28-0000053057
Titular: Banavih Proveedores. RIF: G-20000085-6
NOTA: El pago por transferencia bancaria debe hacerse de banco a banco, es decir de banco de Venezuela a banco de Venezuela, NO se permiten transferencias bancarias desde otro banco.
- Whatpsapp Banavih: 0424-651-11-36
Fuente en instagram: @banavihaldia