INCES - DECLARACIÓN TRIMESTRAL
Al vencimiento de cada trimestre calendario, las Entidades de Trabajo, que ocupen 5 o más trabajadores, están obligadas a enterar el 2%, del total de pagos efectuados a sus trabajadores bajo cualquier modalidad, por concepto de salario normal.
La contribución del 2%, es de carácter periódico (trimestral), para los efectos de la Ley del INCES, se debe entender como trimestre calendario, lo siguiente:
- 1er. trimestre: Enero- Febrero- Marzo
- 2do. Trimestre: Abril- Mayo- Junio
- 3er.Trimestre: Julio- Agosto- Septiembre
- 4to. Trimestre: Octubre- Noviembre- Diciembre
Ante la pregunta, ¿Cuándo se debe pagar el aporte patronal del 2%?, indicamos:
Los aportes del 2%, se deben enterar dentro de los 5 días primeros hábiles siguientes al vencimiento de cada trimestre, ejemplo:
- -5 primeros días hábiles de Abril - Pagar 1er. Trimestre
- -5 primeros días hábiles de Julio - Pagar 2do. Trimestre
- -5 primeros días hábiles de Octubre - Pagar 3er. Trimestre
- -5 primeros días hábiles de Enero - Pagar 4to. Trimestre del año
anterior.
Las Entidades de Trabajo, pueden realizar sus aportes trimestrales o cualquier otro pago de contenido tributario, en las cuentas recaudadoras de fondos parafiscales INCES, a través de las siguientes modalidades:
- Por taquilla en efectivo,
- Cheque de Gerencia y/o de personas jurídicas cuando el deposito sea de otra plaza a nombre del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista o Inces.
- Transferencias bancarias.
Una vez realizado su pago deberá registrarlo a través de página la página https://inces.gob.ve/, en la opción registro RNCP, con su usuario y contraseña.
Fuente: Instagram @incessolicalita