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INCES - DECLARACIÓN TRIMESTRAL

Al vencimiento de cada trimestre calendario, las Entidades de Trabajo, que ocupen 5 o más trabajadores, están obligadas a enterar el 2%, del total de pagos efectuados a sus trabajadores bajo cualquier modalidad, por concepto de salario normal.

La contribución del 2%, es de carácter periódico (trimestral), para los efectos de la Ley del INCES, se debe entender como trimestre calendario, lo siguiente:

  • 1er. trimestre:          Enero- Febrero- Marzo
  • 2do. Trimestre:        Abril- Mayo- Junio
  • 3er.Trimestre:          Julio- Agosto- Septiembre
  • 4to. Trimestre:         Octubre- Noviembre- Diciembre

Ante la pregunta, ¿Cuándo se debe pagar el aporte patronal del 2%?, indicamos:

 Los aportes del 2%, se deben enterar dentro de los 5 días primeros hábiles siguientes al vencimiento de cada trimestre, ejemplo:

  • -5 primeros días hábiles de Abril            - Pagar 1er. Trimestre
  • -5 primeros días hábiles de Julio             - Pagar 2do. Trimestre
  • -5 primeros días hábiles de Octubre        - Pagar 3er. Trimestre
  • -5 primeros días hábiles de Enero           - Pagar 4to. Trimestre del año

                                                            anterior.

 

Las Entidades de Trabajo, pueden realizar sus aportes trimestrales o cualquier otro pago de contenido tributario, en las cuentas recaudadoras de fondos parafiscales INCES, a través de las siguientes modalidades:

  • Por taquilla en efectivo,
  • Cheque de Gerencia y/o de personas jurídicas cuando el deposito sea de otra plaza a nombre del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista o Inces.
  • Transferencias bancarias.

Una vez realizado su pago deberá registrarlo a través de página la página https://inces.gob.ve/, en la opción registro RNCP, con su usuario y contraseña.

                                                                                                         Fuente: Instagram @incessolicalita