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ELECCIÓN DE DELEGADOS DE PREVENCIÓN. NULIDAD.
La elección de un número mayor de delegados de prevención, violentando los supuestos establecidos en el artículo 41 de la LOPCYMAT, constituye una circunstancia que acarrea la Nulidad de todo el proceso electoral, así como del acto de reconocimiento por parte del INPSASEL.
AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 17/2023 ANULADA LA ELECCIÓN DE DELEGADOS DE PREVENCIÓN.
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia dictó sentencia en fecha primero (1°) de junio de 2023, declarando Con Lugar el Recurso Contencioso Electoral interpuesto por la empresa, contra los resultados del proceso a través del cual se eligieron los delegados de prevención, y, contra el acto administrativo que le otorga su nombramiento por parte del INPSASEL.
ELECCIÓN DE DELEGADOS DE PREVENCIÓN. NULIDAD.
La elección de un número mayor de delegados de prevención, violentando los supuestos establecidos en el artículo 41 de la LOPCYMAT, constituye una circunstancia que acarrea la Nulidad de todo el proceso electoral, así como del acto de reconocimiento por parte del INPSASEL.
DELEGADOS DE PREVENCIÓN. NULIDAD DE ELECCIÓN
Cuando resulten electos, un número superior de Delegados de Prevención, a las condiciones previstas en el artículo 41 de la LOPCYMAT, la Entidad de Trabajo, podrá solicitar la nulidad absoluta, por ante la Sala Electoral de Tribunal Supremo de Justicia, del Acta de Escrutinio y Totalización, elaborada por la Comisión Electoral.
AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 02/2021 DE SEGURIDAD SOCIAL. NULIDAD DE ELECCIONES DE DELEGADOS DE PREVENCIÓN
En fecha 4 de marzo de 2021, la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, dictó sentencia, declarando Con Lugar, el recurso Contencioso Electoral, contra la elección de los Delegados de Prevención, por medio del cual, se solicitó la nulidad absoluta del Acta de Escrutinio y Totalización elaborada por la Comisión Electoral, por cuanto resultaron electos 9 delegados en vez de 4, de conformidad con lo previsto en el artículo 41 de la LOPCYMAT.
DELEGADOS DE PREVENCIÓN. LICENCIA REMUNERADA
1.- Cuando los delegados de prevención y los representantes de las organizaciones sindicales, requieran desplazarse fuera de su centro de trabajo para participar en cursos de formación, el patrono estará obligado a sufragar los gastos que a tales efectos se generen.
DELEGADOS DE PREVENCIÓN. SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS DEL REGISTRO DE LOS DELEGADOS
1. El registro por parte del Instituto de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), de Delegados de Prevención que no hayan resultado vencedores en el proceso electoral realizado en el centro de trabajo, da lugar a la suspensión de los efectos de dicho registro, hasta tanto se decida si es procedente la nulidad del mencionado acto administrativo.
INAMOVILIDAD Y REENGANCHE. DELEGADOS DE PREVENCIÓN
1. a) Resultaría contradictorio con lo establecido en la Ley pretender que un trabajador que se encuentre en período de prueba pase a desempeñar funciones como delegado de prevención, debido a que se trata de actividades que deben ser ejercidas por trabajadores permanentes, que no deben ser interrumpidas dada la labor que cumplen como representantes de los demás trabajadores.
DELEGADOS DE PREVENCIÓN. ELECCIÓN
a) Los funcionarios del INPSASEL y de sus DIRESAT, tienen la atribución de supervisar y controlar las elecciones de delegados en los centros de trabajo para garantizar la transparencia de dichas elecciones, entendiéndose que tienen plena facultad de imponer los correctivos necesarios y considerar la nulidad de las mismas si se incumple con la normativa aplicable.